La discusión sobre el estatus legal y moral del aborto parece interminable. Y ciertamente hay poco nuevo que se pueda decir al respecto. Sin embargo, en el contexto actual parece pertinente volver al argumento consecuencialista como una potencial salida práctica a este asunto. Creo que este argumento debería razonablemente poder satisfacer tanto a opositores como a defensores de la legalización del aborto.
Generalmente, la discusión sobre el aborto se presenta como un problema moral. Dicho de un modo muy rápido y poco refinado, las teorías morales pueden ser divididas en dos grandes bandos: las teorías consecuencialistas y las teorías deontológicas. Las primeras dicen que una acción es moralmente deseable siempre y cuando mediante esta acción se maximice el bien que se pretenda alcanzar.[i] Puesto de otra forma, para las teorías consecuencialistas las propiedades normativas de una acción dependen únicamente de sus consecuencias. Si las consecuencias son las deseadas, entonces la acción que facilita esas consecuencias es moralmente justificada.
Por el contrario, de acuerdo a las teorías deontologías[ii] las consecuencias de una acción no constituyen un parámetro de evaluación moral. Una acción es moralmente permitida siempre y cuando se ajuste a ciertos valores o principios previamente estipulados. La idea es que hay acciones que no pueden ser justificadas por sus efectos, sin importar que tan buenas sean estos. Es en ese sentido que usualmente se dice que lo moralmente “correcto” tiene prioridad sobre lo “bueno”.
El debate sobre las virtudes y problemas de cada una de estas familias de teorías morales es inabarcable. Por eso aquí solo quiero referirme a un aspecto en el que las teorías consecuencialistas son superiores a las teorías deontológicas. Ese punto en particular refiere al hecho de que en ocasiones las teorías deontológicas prohíben realizar ciertas acciones cuyos resultados serian beneficiosos ya sea para disminuir violaciones a los principios que estas prescriben o ya sea para promoverlos de una mejor forma. Puesto de un modo más intuitivo, el problema es que para las teorías deontológicas en ciertas ocasiones es inmoral violar X incluso para evitar violaciones más importantes a ese mismo X.[iii]
Creo que este es un argumento importante para evaluar en el problema del aborto. Pensémoslo de este modo. Los opositores a legalizar el aborto sostienen que esta práctica es indeseable ya que se estaría amparando legalmente y fomentando una práctica inmoral. Ahora, ¿cómo deberían responder racionalmente aquellos opositores a la legalización del aborto si se demostrara que una eventual legalización de esta práctica reduciría sustancialmente el número de abortos? Partiendo del supuesto de que el ideal de “cero aborto” no es alcanzable en ninguna sociedad, ¿no sería racional apoyar la legalización del aborto si esta medida es capaz de reducir el número total de abortos?
En reciente estudio publicado en la revista médica The Lancet, Gilda Sedgh[iv] y sus colaboradores concluyen que las tasas de aborto son menores en aquellos países donde el aborto está legalizado. En un análisis global de 190 países (1995-2008), estos autores muestran que la existencia de leyes restrictivas no se asocia con un menor número de abortos practicados. Por el contrario, existe una relación positiva entre la existencia de leyes restrictivas y el número de abortos. El mecanismo que explica este resultado no es del todo obvio. La idea es que la legalización de aborto incentiva a un importante número de mujeres a buscar otras soluciones alternativas al aborto. Esto sucede porque (a diferencia de sociedades como la uruguaya en donde la práctica del aborto es perseguida y se hace de forma clandestina) en países donde el aborto es legal es más fácil instrumentar políticas que exploten las diferentes salidas que existen ante embarazos no deseados. No es difícil pensar que ante una decisión tan compleja, un sistema clínico estatalmente regulado puede ayudar más a aquellas mujeres que no están enteramente seguras de abortar que lo que puede hacer las clínicas clandestinas. Ciertamente, ninguna clínica clandestina tiene demasiados incentivos para motivar a las mujeres a no abortar.
Asimismo, Sedgh y sus colaboradores encuentran evidencia que reafirma la idea de que la práctica de abortos en países con leyes restrictivas es sustancialmente más peligrosa e insegura. La prohibición lleva a la proliferación de clínicas clandestinas de variado tipo que ofrecen pocas garantías. Por ejemplo, la Organización Mundial de la Salud estima que en 2008, el 12% de todas las muertes maternas en América Latina y el Caribe fueron producto de abortos practicados de un modo inseguro.[v]
[i] Por una excelente introducción a las teorías consecuencialistas, ver la entrada de Walter Sinnott-Armstrong en: http://plato.stanford.edu/entries/consequentialism/
[ii] Por una introducción a las teorías deontológicas ver: http://plato.stanford.edu/entries/ethics-deontological/
[iii] Por esta critica a las teorías deontológicas, ver el clásico estudio de Samuel Scheffler: Scheffler. 1982. The Rejection of Consequentialism: A Philosophical Investigation of the Considerations Underlying Rival Moral Conceptions. Clarendon Press.
[iv] Sedgh, Gilda et al. 2012. «Induced abortion: incidence and trends worldwide from 1995 to 2008». The Lancet 379(9816): 625–632.
[v] Esa idea tampoco es ajena al debate en Uruguay. Ver por ejemplo: Briozzo, Leonel. 2003. «Aborto provocado: un problema humano. Perspectivas para su análisis - estrategias para su reducción». Revista Médica del Uruguay 19(3): 188–200.
[vi] Una encuesta nacional realizada por Cifra en noviembre de 2007, mostraba que el 49% de los uruguayos aprobaría una ley que despenalice el aborto, mientras un 39% se opondría a esta ley. Por esa razón, se estima que de haber un plebiscito, seguramente una mayoría votaría por despenalizar el aborto.