Justicia Transicional en Uruguay: un caso negativo

La revisión de la historia contemporánea del Uruguay desde el punto de vista de la justicia transicional (en adelante, JT) tiene algo de anacrónico: se construye un relato sobre algunas de las medidas que se aplicaron para brindar cierta garantía respecto de los derechos de las víctimas, sus familiares y también a la ciudadanía en general[1], como si quienes las ejecutaron, hubieran tenido el modelo teórico y práctico de la JT en mente durante su aplicación. Esto no es cierto, básicamente porque la difusión del paradigma de la JT en América Latina en general y en Uruguay en particular es muy reciente. ¿Es un error grave incurrir en esta clase de anacronismo? Si el problema es de orden conceptual, no. El resultado de la reinterpretación de la historia uruguaya desde 1985 en adelante desde la perspectiva de la JT suele expresarse mediante una analogía contable, como un “saldo a pagar” o una serie de “cuentas pendientes”. Pero la naturaleza de este error no es meramente conceptu...