Por Hugo
Bai (contribuyente invitado)
Por estos días se cumplen 20 años de la reforma
de la seguridad social. Su principal novedad consistió en establecer un régimen
mixto en el que coexisten un sistema de reparto solidario administrado por el
BPS con un régimen de ahorro individual a cargo de las AFAPs. En estas dos
décadas, voceros de las AFAPs han centrado buena parte de la defensa del
sistema en la rentabilidad alcanzada por sus inversiones financieras. Para
ello, incurren en algunos “slogans” que, buscando sobreestimar la rentabilidad,
generan cierta distorsión de lo realmente ocurrido.
En
primer lugar, en cada aparición pública, representantes de las AFAPs sostienen
que de cada $ 100 que hay en el Fondo de Ahorro Previsional (FAP)[1],
unos $ 66 son rentabilidad y tan solo $ 34 son aportes de los trabajadores. En
una economía que a lo largo de los últimos 20 años tuvo una inflación acumulada
mayor a 400%, un análisis de este tipo no aporta demasiados elementos. Buena
parte de esa rentabilidad nominal solo ha servido para mantener el poder
adquisitivo del dinero aportado a lo largo del tiempo, algo que para los trabajadores
no supone una “ganancia” sino el mantenimiento del poder de compra de sus
ahorros.
Pensemos en una persona que invirtió $ 100
hace 20 años y hoy tiene $ 500. Pese a que un 80% es rentabilidad, el inversor
sabe que ha fracasado ya que su poder
adquisitivo actual es menor al de dos décadas atrás. El ejemplo, que difiere con
la dinámica del FAP en tanto éste se nutre mensualmente, ilustra de forma
sencilla la distorsión que se genera al no contemplar los cambios en poder de
compra del dinero a lo largo del tiempo.
Además, si lo que se pretende mostrar es cómo creció o se multiplicó el ahorro de los
trabajadores, el análisis debería contemplar que una parte de lo aportado se lo
queda la AFAP por concepto de comisión de administración. En el caso de las
administradoras privadas, la comisión cobrada representa un 13,3% del total
aportado[2].
Nadie discute que la rentabilidad ha sido
positiva, pero cuando las AFAPs plantean que el 66% del FAP corresponde a rentabilidad,
están insinuando que la torta se multiplicó por 3, lo que es falso. La
rentabilidad real contenida en el FAP es sensiblemente inferior a la que
informan y, además, cuando apelan a este dato para reflejar la expansión
registrada por los ahorros, sería deseable que consideren la porción de los
aportes que dedujeron por comisiones.
Otro planteo con el que las AFAPs pretenden
“inflar” la rentabilidad tiene que ver con la afirmación de que, a lo largo de
estos 20 años, el rendimiento acumulativo anual en
promedio ha sido cercano a 7% en UR, es decir, 7% por encima de los salarios. Suena
potente pero, en este caso, manejar promedios entraña un problema fundamental: el
FAP sobre el que se aplica la rentabilidad va creciendo con los años por lo que
la distribución de las tasas de rentabilidad a lo largo del tiempo se vuelve
crucial.
El siguiente
gráfico muestra la evolución de la tasa de rentabilidad anual en UR. A simple
vista se observan períodos bien diferenciados. En los primeros años del sistema
se registra un rendimiento efectivamente elevado -particularmente alto durante
la crisis del 2002 en que cayeron drásticamente los salarios reales- en tanto
que desde 2005 se da una fuerte moderación de dicha tasa. En efecto, mientras
en los primeros 10 años la rentabilidad acumulada en UR fue de 225%, en los
últimos 10 años fue nula. Y esto es crucial porque la alta rentabilidad en UR se
alcanzó cuando el FAP era relativamente pequeño y desde 2005, en que el FAP aceleró
su crecimiento también producto de la mejora del empleo y los salarios, la
rentabilidad fue significativamente más baja.
Tasas anuales de rentabilidad real en UR |
Teniendo en
cuenta que el rendimiento no ha sido uniforme en el tiempo, referir a su
promedio anual requiere ponderar las tasas de rentabilidad de acuerdo al tamaño
del FAP en cada momento. Con esta metodología, el rendimiento promedio del
sistema expresado en UR se ubica por debajo del 3% anual, cifra sensiblemente
inferior a la manejada habitualmente por las Administradoras. La mejor forma de
advertir la inconsistencia que plantean es aplicar en cada año el dato que
promocionan las AFAPs, lo que conduce a estimar un FAP muy superior al que
informa periódicamente el Banco Central en sus reportes.
Ante las tasas de
rentabilidad relativamente bajas obtenidas en la última década, cabe
preguntarse por la situación de los trabajadores que ingresaron al sistema a
partir de 2005, que son la mitad del total de afiliados a las AFAPs. Muy lejos
del auspicioso panorama que se les pinta, con estos niveles de rentabilidad su
perspectiva de futuro es preocupante. Según estimaciones propias, lo que han pagado
por comisiones a las Administradoras supera la rentabilidad real que han obtenido.
Si proyectamos estos niveles de rentabilidad a futuro, un trabajador que
actualmente gana $ 20.000 y cotiza a la AFAP por la mitad de su sueldo durante
30 años, a los 60 años no llegará a cobrar $ 3.000 a precios de hoy por su
ahorro individual.
Las AFAPs, que
no son organismos de protección social sino empresas que persiguen ganancias,
manipulan las cifras con el objetivo de sobreestimar la rentabilidad
efectivamente lograda. Seguramente por esta razón nunca alertaron del
reconocido perjuicio que afecta a los cincuentones[3], y
probablemente, dadas las actuales tasas de rentabilidad, tampoco adviertan a
los jóvenes sobre su incierta perspectiva. Lejos del profesionalismo del que se
jactan, las AFAPs siguen desinformando en favor de legitimar un sistema basado
en el lucro, por el que anualmente
cobran por comisiones U$S 100 millones.
[1] El FAP es un fondo que acumula los aportes realizados por los
trabajadores (neto de comisiones y otros gastos) y la rentabilidad obtenida por
las AFAPs.
[2] Recientemente una de ellas redujo levemente la comisión pasando a
representar un 11,9% de lo aportado.
[3]Se denomina cincuentones a quienes hoy
tienen cerca de 60 años, fueron obligados a afiliarse al régimen mixto y
cobrarán una jubilación en algunos casos significativamente menor a quienes,
teniendo más de 60 años, se pueden jubilar por el régimen de transición que
administra únicamente el BPS.