El deterioro de la calidad del agua en Uruguay ha sido objeto de preocupación desde hace ya bastante tiempo. Los indicadores disponibles sugieren que no ha habido mejoras en los últimos años. De hecho, como se observa en el gráfico, al menos hasta 2016 las concentraciones de fósforo total en todos los puntos de medición que publica DINAMA rebasaban el estándar de calidad establecido (Decreto 253/79).
Fuente: Indicadores Ambientales, MVOTMA. Se excluyen los arroyos Canelón Grande y Chico ya que las elevadas concentraciones de fósforo que los mismos registran impiden analizar la evolución de los restantes caudales de agua.
Tanto el fósforo como el nitrógeno son nutrientes fundamentales para satisfacer las necesidades energéticas y vitales de los seres vivos. No obstante, elevadas concentraciones de los mismos pueden generar crecimientos excesivos de algas y cianobacterias, las cuales disminuyen el oxígeno disponible en el agua para otros organismos, provocando pérdida de fauna y biodiversidad y produciendo sustancias tóxicas que afectan la salud humana y animal (Chorus y Bartram, 1999).
La mayoría de los cuerpos de agua en Uruguay sufren de eutrofización o elevada concentración de nutrientes en el agua superficial (Kruk et al., 2013). En algunas cuencas, como la de Santa Lucía, la cual resalta por su relevancia en términos del abastecimiento de agua para el consumo humano, cerca del 80% de la contaminación por nutrientes proviene de fuentes difusas (JICA-MVOTMA, 2011; Barreto et al., 2017). Es decir, contaminación por fuentes dispersas espacialmente sin un único punto de origen, principalmente proveniente de la utilización de fertilizantes y de la aplicación y generación de desechos líquidos y sólidos de animales en pastoreo.[1] Según Reali, Pereyra y De León (en prensa), las sub-cuencas del Río Santa Lucía que exhiben más aportes de fósforo son las que tienen mayor densidad de cultivos agrícolas y forrajeros en tanto que para Uruguay en su conjunto, las actividades que destacan con mayores aportes son la horticultura y los cultivos de verano (soja, maíz y sorgo, principalmente). Se estima que aproximadamente entre 10 y 15% del fósforo que se aplica en los cultivos es absorbido por éstos, el fósforo restante se pierde en el ambiente y termina en los suelos o en cuerpos de agua superficil (Roberts, 2015).
Históricamente, el sistema tributario uruguayo ha otorgado diversos beneficios a las actividades agropecuarias, entre los que destacan exoneraciones de impuestos y créditos fiscales. En esta nota, me concentro únicamente en los fertilizantes, no abordando aspectos relativos a plaguicidas, que también pueden afectar la calidad del agua. Así, en lo que refiere a los fertilizantes, se exonera del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) hasta un máximo de 40% de la inversión realizada en el ejercicio, la renta destinada a la adquisición de fertilizantes fosfatados en cualquiera de sus fórmulas con fósforo destinados a la instalación y a la re-fertilización de praderas permanentes. En lo que respecta al Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios (IMEBA), se otorga a los titulares de explotaciones pecuarias, ganaderas y lecheras, un crédito fiscal equivalente al 12% de las adquisiciones de fertilizantes fosfatados en cualquiera de sus fórmulas con fósforo únicamente, destinados a la instalación y a la re-fertilización de praderas permanentes. Asimismo, la adquisición en plaza y la importación de fertilizantes está exenta de IVA cuando se cumplen determinadas condiciones.
La cantidad de fertilizante utilizado por hectárea en Uruguay ha aumentado significativamente desde 2002 a la fecha, alcanzando un pico en 2013. Dicha evolución estaría asociada al comportamiento de los precios internacionales de los cereales, tal como sugiere el siguiente gráfico. Si bien sería necesario realizar un análisis más minucioso para afirmarlo con certeza, cabe preguntarse si no existe actualmente una sobre-utilización de fertilizante. Un primer indicio de ello, es la elevada elasticidad precio de importaciones de fertilizantes en Uruguay que se estima cercana a 2 –ante un incremento de 1% en el precio de los fertilizantes, su adquisición se reduciría en casi 2%– (de Melo et al., 2018).
Con el fin de preservar la calidad del agua, Uruguay ha optado por establecer medidas regulatorias. En muchos casos, estas medidas se enfocan exclusivamente en la cuenca de Santa Lucía (restricción de actividades, estándares tecnológicos, estándares de vertidos y límites en la cantidad de fertilizantes empleados en sistemas lecheros). Si bien la política ambiental ha estado tradicionalmente dominada por la regulación, a nivel internacional se está observando un creciente uso de instrumentos económicos orientados a prevenir y mitigar el daño ambiental. Así por ejemplo, la OCDE privilegia el uso de impuestos ya que estos permiten internalizar el costo del daño ambiental en los precios de mercado. Además, tanto la regulación como la concesión de beneficios requiere un elevado nivel de información acerca de la tecnología y características de las actividades económicas constantemente cambiantes, lo cual hace que éstos instrumentos se vuelvan obsoletos rápidamente. Esta asimetría de información es mucho menor en el caso de los impuestos. Por otra parte, los mecanismos regulatorios no son dinámicos, esto es, una vez que se cumplió con los requisitos estipulados, no existen incentivos adicionales a mejorar el desempeño ambiental.
Un documento del CEF elaborado por técnicos de DINAMA, DGI y MEF, con el asesoramiento de expertos de la OCDE, presenta una serie de propuestas con el fin de modificar el sistema tributario vigente de manera que éste sea más congruente con objetivos ambientales (de Melo et al., 2018). En lo relativo a fertilizantes, se propone como punto de partida, eliminar los beneficios tributarios a los que pueden acceder los contribuyentes del IRAE e IMEBA en la adquisición de fertilizantes fosfatados así como las exoneraciones de IVA aplicables a la adquisición de fertilizantes y materias primas para la elaboración de productos fitosanitarios. Adicionalmente, el estudio propone incorporar un impuesto específico a los fertilizantes para incentivar un uso más racional de los mismos, evitando ciclos de aplicación indiscriminada que se desatan en los episodios de booms de los precios de los cereales. [2] Una de las razones por las que se presume que este impuesto podría contribuir a la disminución de los problemas ambientales causados por el fósforo, es la alta reacción que tiene el consumo de fertilizantes a las fluctuaciones de su precio (elevada elasticidad). Si bien en términos de eficiencia económica, sería deseable que el impuesto gravara la cantidad de nutrientes aplicada en exceso (ya que parte de los nutrientes que aporta el fertilizante son absorbidos por los cultivos), instrumentar dicho impuesto podría resultar sumamente complejo. Por ello, paralelamente, el estudio sugiere extender geográficamente y ampliar a otros cultivos la Resolución 159/15 del MGAP que exige planes de fertilización a cultivos agrícolas y forrajeros sembrados en sistemas lecheros de la cuenca del Santa Lucía y evaluar la posibilidad de devolver el impuesto a los fertilizantes si se demuestra el cumplimiento con dichos planes.
Revertir una situación de daño ambiental una vez que se alcanzan determinados niveles de deterioro es sumamente difícil. Como señalan Barreto et al. (2017), aun ante la implementación generalizada de mejores prácticas de manejo de suelos, es de esperar que la mejora en la calidad del agua sea lenta. El gobierno se apresta a realizar el lanzamiento de un plan de medidas de segunda generación para la cuenca del Santa Lucía. Cabe preguntarse si la situación de la calidad del agua en Uruguay no reclama también medidas a nivel del sistema tributario.
Un documento del CEF elaborado por técnicos de DINAMA, DGI y MEF, con el asesoramiento de expertos de la OCDE, presenta una serie de propuestas con el fin de modificar el sistema tributario vigente de manera que éste sea más congruente con objetivos ambientales (de Melo et al., 2018). En lo relativo a fertilizantes, se propone como punto de partida, eliminar los beneficios tributarios a los que pueden acceder los contribuyentes del IRAE e IMEBA en la adquisición de fertilizantes fosfatados así como las exoneraciones de IVA aplicables a la adquisición de fertilizantes y materias primas para la elaboración de productos fitosanitarios. Adicionalmente, el estudio propone incorporar un impuesto específico a los fertilizantes para incentivar un uso más racional de los mismos, evitando ciclos de aplicación indiscriminada que se desatan en los episodios de booms de los precios de los cereales. [2] Una de las razones por las que se presume que este impuesto podría contribuir a la disminución de los problemas ambientales causados por el fósforo, es la alta reacción que tiene el consumo de fertilizantes a las fluctuaciones de su precio (elevada elasticidad). Si bien en términos de eficiencia económica, sería deseable que el impuesto gravara la cantidad de nutrientes aplicada en exceso (ya que parte de los nutrientes que aporta el fertilizante son absorbidos por los cultivos), instrumentar dicho impuesto podría resultar sumamente complejo. Por ello, paralelamente, el estudio sugiere extender geográficamente y ampliar a otros cultivos la Resolución 159/15 del MGAP que exige planes de fertilización a cultivos agrícolas y forrajeros sembrados en sistemas lecheros de la cuenca del Santa Lucía y evaluar la posibilidad de devolver el impuesto a los fertilizantes si se demuestra el cumplimiento con dichos planes.
Revertir una situación de daño ambiental una vez que se alcanzan determinados niveles de deterioro es sumamente difícil. Como señalan Barreto et al. (2017), aun ante la implementación generalizada de mejores prácticas de manejo de suelos, es de esperar que la mejora en la calidad del agua sea lenta. El gobierno se apresta a realizar el lanzamiento de un plan de medidas de segunda generación para la cuenca del Santa Lucía. Cabe preguntarse si la situación de la calidad del agua en Uruguay no reclama también medidas a nivel del sistema tributario.
Esta nota se basa en el trabajo “Instrumentos económicos orientados a proteger el ambiente: aportes para el diálogo” publicado por el Centro de Estudios Fiscales. Agradezco enormemente los comentarios y sugerencias de Santiago Guerrero, Ana Laura Calleja y Virginia Chiesa.
Referencias
Barreto P., Dogliotti y Perdomo (2017) “Surface Water Quality of Intensive Farming Areas Within the Santa Lucia River Basin of Uruguay”. Air Soil and Water Research, Volume 10: 1-8.
Chorus, I. y J. Bartram. (1999). Toxic cyanobacteria in water: A guide to their public health consequences, monitoring and management. Londres: E & FN Spon.
de Melo, G; Calleja, A; Chiesa, V; Guerrero, S; Lavin, D; Chavez, J; Benítez, J. (2018) “Instrumentos económicos orientados a proteger el ambiente: aportes para el diálogo”. Documento de trabajo del Centro de Estudios Fiscales.
JICA-MVOTMA. (2011). Proyecto sobre control de la contaminación y gestión de calidad de agua en la cuenca del Río Santa lucía. Informe Final. Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA) y Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Uruguay.
Kruk C., C. Suárez, M. Ríos, N. Zaldúa y D. Martino. (2013). Ficha: Análisis Calidad de Agua en Uruguay. Asesoramiento Ambiental Estratégico.
Reali, P, . P. Pereyra y L. De León (en prensa). Estimación de los Aportes Difusos de Nutrientes a los Cuerpos de Agua Superficiales de Uruguay. DINAMA.
Roberts, T. (2015), "Phosphorus efficiency and management in agriculture", Resources, Conservation and Recycling, Vol 105, pp. 275-281.
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Referencias
Barreto P., Dogliotti y Perdomo (2017) “Surface Water Quality of Intensive Farming Areas Within the Santa Lucia River Basin of Uruguay”. Air Soil and Water Research, Volume 10: 1-8.
Chorus, I. y J. Bartram. (1999). Toxic cyanobacteria in water: A guide to their public health consequences, monitoring and management. Londres: E & FN Spon.
de Melo, G; Calleja, A; Chiesa, V; Guerrero, S; Lavin, D; Chavez, J; Benítez, J. (2018) “Instrumentos económicos orientados a proteger el ambiente: aportes para el diálogo”. Documento de trabajo del Centro de Estudios Fiscales.
JICA-MVOTMA. (2011). Proyecto sobre control de la contaminación y gestión de calidad de agua en la cuenca del Río Santa lucía. Informe Final. Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA) y Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Uruguay.
Kruk C., C. Suárez, M. Ríos, N. Zaldúa y D. Martino. (2013). Ficha: Análisis Calidad de Agua en Uruguay. Asesoramiento Ambiental Estratégico.
Reali, P, . P. Pereyra y L. De León (en prensa). Estimación de los Aportes Difusos de Nutrientes a los Cuerpos de Agua Superficiales de Uruguay. DINAMA.
Roberts, T. (2015), "Phosphorus efficiency and management in agriculture", Resources, Conservation and Recycling, Vol 105, pp. 275-281.
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[1] El 20% restante correspondería a fuentes puntuales: efluentes de industrias y aguas servidas de ciudades y poblaciones. Otra fuente puntual de origen agropecuario son los tambos y feedlots, donde el confinamiento de animales permite consolidar los efluentes derivados de la actividad productiva y por lo tanto detectar su origen puntual.
[2] Siguiendo las experiencias a nivel internacional, dicho impuesto debería establecerse en función de los kilogramos de sustancia activa utilizada en la formulación de los fertilizantes. Se señala la importancia de incluir en el gravamen a las sustancias activas del fertilizante, con el fin de desalentar la adquisición de dichas sustancias para ser aplicadas directamente por el productor agropecuario.
Tomado de Razones y Personas. Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución 3.0 No portada.