¿Que hacer con la información pública en Uruguay?




En el 2008 el gobierno de Vázquez pasó de forma discreta, una de las reformas más trascendentes para la democracía  uruguaya: la información pública estaría en manos de  quien la pidiera en Uruguay. El proceso fue la culminación de una ardua  lucha de varios miembros de la sociedad civil, del hoy partido en el gobierno, y fue finalmente aprobado por todos los  partidos políticos en una ejemplar votación. El principio de la transparencia es como el dulce de leche en Uruguay: genera rápidos consensos y nadie está en contra.

El uso de la ley, no exento de problemas, ha sido crucial para investigadores, periodistas, ciudadanos puedan acceder a más  información pública, controlar a la administración en sus actividades. A cinco años de su aprobación, el gobierno decidió  introducir una serie de modificaciones en la última rendición de cuentas que asociaciones civiles y personas de a pie,  rechazaron iniciando una campaña contrareloj para detener su aprobación. El Instituto de Derechos Humanos y Defensor del  Pueblo, legisladores de la oposición y del propio gobierno, rechazaron los cambios y finalmente el Senado decidió retirar el  artículo propuesto. Sin embargo, varios legisladores anunciaron su intensión de legislar sobre el tema antes de fin de año.

Dos asuntos parecen preocupar seriamente a los legisladores: quien usa la ley y la exposición de las empresas públicas a la  misma. En este post quiero dar cuatro ideas acerca de lo que una reforma de transparencia debe promover en Uruguay, y lo que  esto implica para el actual régimen de acceso a la información.


1. No es lo mismo si un político, una empresa y una persona de a pie usan la ley. El problema es que  uno de los principios  básicos del régimen de acceso a la información es que no discrimina en quien es el usuario del sistema. En Uruguay cualquier  persona, aún no uruguaya, puede solicitar información pública. A pesar de algunas quejas de oficiales del gobierno uruguayo  sobre esta "excesiva liberalidad", esto coloca a Uruguay a  la vanguardia en este tema. La mayoría de los países con  regímenes operando con cierta seriedad  aceptan este principio, notoriamente porque expande los derechos humanos de quienes  no son necesariamente ciudadanos. Pero hay quienes no son tan débiles. Por ejemplo los políticos uruguayos han comenzado a entender que la ley es mucho más efectiva que su mecanismo de pedidos de informe, por los plazos que esto implica. ¿ Debemos por eso recortar su derecho a usar la ley? La lógica de un gobierno representativo indica que ellos cumplen su función de  esta forma, y que si toma demasiado tiempo responder informes, entonces el mecanismo de la ley es válido. La comunidad política debería resolver, de forma madura, como han hecho otras, hasta donde y cómo los políticos usan la ley de acceso.  Pero no en base a una restricción legal, sino a la práctica ¿ Cuanto toma responder un pedido de informes? ¿ Cómo debe realizarse un pedido de informes de forma realista?. Esto es una discusión política, y por años el gobierno (otrora  oposición) enfrentó un bloqueo duro de los partidos tradicionales para obtener infomación pública. Ojo por ojo y diente por  diente no parece la mejor salida si se busca construir una mejor política. En cuanto se ingresa en discriminaciones de quien puede y no puede realizar un pedido se corre un camino peligroso.

2. El uso de las excepciones y su justificación: Gritar fuego en un teatro es evidentemente peligroso, sino hay un plan de escape claro. Pero evitar dar datos sobre el estado del agua en Montevideo porque puede causar "alamar pública" es llevar la analogía al extremo. Obviamente no toda la información en poder del Estado debe ser entregada. Hay buenas razones para que sea así  y la ley las establece con claridad.  Sin embargo el uso del gatillo fácil de decir está información es  reservada sin justificar, es un problema común. Aunque la información sea sobre "seguridad nacional" lo que corresponde  aplicar son dos criterios conocidos como interés público y daño. Sin entrar en el tecnicismo legal, lo que se pretende aquí es que la administración demuestre específicamente que interés protege, y que daño específico, probable podría causar la liberación de información. Este ejercicio previene algunas hipótesis descabelladas, como las que se oyeron la Cámara de Diputados sobre los  chalecos antibalas de la policía, información que claramente ya está en poder de cualquier organización criminal medianamente  competente y no gracias a una ley de acceso a la información pública. Otro ejercicio sencillo es pensar si la liberación de  Wikileaks de cientos de materiales diplomáticos (algunos relacionados con Uruguay) ha causado un estrago en nuestras  relaciones con los EUA, las cuales a pesar de algunas vergüenzas contenidas en los cables, parecen gozar de buena salud.


3. Existe información pública que debe ser protegida de mejor forma. Algunos procesos dentro de las empresas públicas, así como información personal que potencialmente podría ser liberada sin un proceso de consulta previa a quien está involucrado  son dos de las cuestiones obvias a regular Pero también más organizaciones deberían estar bajo la ley de transparencia, notoriamente aquellas empresas que aunque se encuentren bajo giro privado, son en el fondo del Estado, y potencialmente aquellos organismos que ejecutan fondos públicos. Esto no puede ser hecho de forma simple sino en un diálogo con estos actores que permita identificar de forma seria cuales son los costos de transacción involucrados en liberar información. Pero es un debate en donde primero debe aceptarse que si hay dinero público de por medio, entonces la rendición de cuentas debe ser clara.

4.¿ Quien decide hoy  que información es pública o no? Una pequeña unidad con un grado medio de independencia dentro de Presidencia de la República es quien hoy está encargada de este arduo trabajo. Es un trabajo duro, si los contendientes son por ejemplo un Senador de la República de la oposición y un Ministerio determinado. Las personas a cargo son designadas de forma directa por el Presidente de la República. Sin dudar de la integridad de las personas que han estado a cargo de esta unidad, es limitado lo que desde un punto de vista institucional pueden y no pueden hacer. De hecho sus decisiones pueden en última instancia ser revocadas por el Presidente (como ya ha pasado). Lo que el país necesita abordar de forma integral es una reforma del diseño institucional de esta ley. No basta como alguna voz ha sugerido que sea "un juez  jubilado" en Presidencia que se encargue de esto. Los incentivos, las capacidades y la especialización requerida son muchas, y el mundo de la información pública se ha complejizado. La salida para Uruguay no es sencilla en este sentido, pero la creación de una unidad  especializada, con miembros confirmados en el Senado (de forma similar al Instituto Nacional de Derechos Humanos), no ubicada en Presidencia de la República parece la salida más obvia.


Pensar que limitando el derecho al acceso a la información pública los problemas van a desaparecer es un error. Para bien o para mal el sistema político uruguayo introdujo una regla de juego nueva y donde más molesta es obviamente cuando se usa "en la cortita", para el show de la cámara . Pero grandes problemas en Uruguay requerirán de mayor información pública para que los actores políticos y sociales puedan articular soluciones. Negar tener la información sobre educación secundaria, solo para ser forzados en tribunales a darla, es claramente algo que no debe pasar. Frente a los nuevos desafíos que Uruguay enfrentará en temas ambientales y de industrias extractivas, no liberar información solo genera desconfianza y evita mejorar la regulación sobre el tema. No está claro si la información genera más confianza en los gobiernos, pero en el Siglo XXI  establecer limites irracionales, es querer tapar el sol, con un dedo.

Revisando Mitos: Inclusión, Ideología y Representación Política en el Siglo XXI*

Por Iris E. Acquarone y Gonzalo Di Landro Tiempo de lectura: 10 a 15 minutos —