1. Introducción
El pasado
31 de julio, el proyecto de ley sobre regulación del cannabis fue aprobado por
la Cámara de Diputados [1].
Esto representa un importante punto de inflexión en la historia de las políticas
sobre drogas en Uruguay [2]. Anteriormente, la empresa consultora Cifra había
dado a conocer los últimos datos de opinión pública sobre este tema, mostrando
que solamente una cuarto de la población estaría de acuerdo la regulación (26%),
mientras que una amplia mayoría (64%) creería que de aprobarse la ley, el
problema del narcotráfico en nuestro país será igual o mayor que ahora [3]. De
acuerdo a lo esperado, dentro de dos meses, la venta de marihuana será legal en
Uruguay. Claramente, esta coyuntura nos invita al debate y a la reflexión sobre
las implicaciones de dicha propuesta para Uruguay.
Probablemente, muchos lectores ya han tomado una decisión respecto al papel de la marihuana en sus vidas. Habrá quien nunca probó y tampoco tiene interés. Otros que no han probado, pero están abiertos a la posibilidad. Habrá personas que probaron al menos una vez, y también aquellos que consumen con más o menos periodicidad. Finalmente, también existe un grupo que no tiene capacidad de decisión sobre su consumo: se trata de personas que han generado dependencia y adicción a la marihuana. Dejando por el momento a estos últimos de lado, cabe subrayar que toda decisión que se haya tomado libremente sobre el consumo de marihuana es respetable y legítima.
Esta nota discute el proyecto presentado por el Poder Ejecutivo sobre regulación del cannabis en Uruguay. Y para debatir sobre esta propuesta, la decisión de cada uno sobre cómo vivir su vida de la mejor forma posible (con o sin marihuana) es poco relevante. Más allá de las diferencias personales, nos importan tres temas de fondo vinculados a este proyecto: de qué forma la regulación de la marihuana contribuiría a mejorar nuestra convivencia social; cómo tratar de la mejor forma posible a las miembros de nuestra sociedad que presentan un consumo problemático y más importante aún, qué legado vamos a dejar para las futuras generaciones en relación a este problema.
2. Convivir con la marihuana
La discusión
sobre la legalización de la marihuana muchas veces deriva en una comparación
entre los beneficios y perjuicios del
consumo relacionados la salud. Argumentalmente, este es un terreno poco seguro [4] y por lo tanto, es conveniente evitarlo
aquí. Además, a los efectos de nuestra discusión, resulta innecesario. Es
posible discutir el modelo de convivencia implicado en el proyecto de ley sobre
la regulación del cannabis en Uruguay aceptando dos premisas básicas:
1 – Estamos
hablando de una sustancia psicoactiva (es decir, que afecta directamente al
sistema nervioso central ocasionando cambios funcionales), y como tal, su consumo
requiere ser controlado.
2 – En
Uruguay, el consumo de dicha sustancia ha sido descriminalizado, pero se
prohíbe su venta, lo que favorece la existencia de un mercado negro manejado
por el crimen organizado.
Sobre la primera premisa, destacamos dos
aspectos. Por un lado, el proyecto institucionaliza el control y fiscalización
de los cultivos, la cosecha, la distribución y el comercio de cannabis. Para
esto prevé la creación del Instituto de Regulación y Control del Cannabis
(IRCC), que otorgará licencias a empresas para la producción y a farmacias para
su distribución; autorizará los cultivos diferenciando entre los que tienen una
finalidad científica y médica y los destinados al uso recreativo y controlará y
fiscalizará el cultivo en hogares y clubes de membresía. Por otra parte, dicha
institución realizará el control del grado de tetrahidro cannabinol (THC) – el principal
componente psicoactivo del cannabis – de
modo de asegurar que la oferta al público general sea de una calidad homogénea.
Respecto a la segunda premisa, hay tres argumentos a tener en cuenta: primero, la regulación de la marihuana no elimina el mercado negro asociado a su distribución. Lo que se trata de hacer es una separación entre el mercado legal e ilegal del cannabis. Segundo, el modelo actual, denominado “prohibicionista”, hace que el cannabis sea más riesgoso de obtener, más caro, de difícil acceso, y de calidad poco confiable. Bajo este modelo, en la última década, el consumo de marihuana ha crecido de forma sostenida [5]. Adicionalmente, el “prohibicionismo” ha hecho un uso ineficiente de los recursos de la justicia. Como señala Garibotto para el período 2006- 2009: “el hecho de que haya habido 681 procedimientos destinados a incautar menos de 10 gramos de marihuana y 63 procedimientos destinados a incautar unas pocas plantas de marihuana es un despropósito en términos de utilización de recursos policiales y judiciales” [6].El tercer argumento es que el proyecto de ley elimina la arbitrariedad judicial sobre la posesión, estableciendo qué cantidades estarán exentas de responsabilidad penal. Este cambio es sumamente importante: se pasa de un régimen judicial basado en la “convicción moral del Juez” (es decir, se decide de acuerdo a lo que Juez crea correcto sin necesidad de argumentar), a uno más flexible, de “sana crítica”, basado en las reglas de la experiencia, que obliga a los jueces a exponer las razones que fundamentan su decisión [7].
3. Sufrir la marihuana
Uruguay
todavía no cuenta con una estimación sobre la cantidad de personas que
sufren adicción al cannabis, pero es altamente probable que exista subconjunto
de personas con consumo problemático. Como se dijo más arriba, estas personas
han perdido la capacidad de decisión sobre su consumo. La regulación del uso de toda sustancia con
potencial adictivo supone pensar en soluciones para aquellos miembros de
nuestra sociedad que padezcan las consecuencias que puede traer el consumo abusivo.
El proyecto de ley elevado por el ejecutivo contempla esta situación, haciendo
que el Sistema Nacional Integrado de Salud y la Junta Nacional de Drogas – además
de promocionar los hábitos saludables y la prevención del uso problemático de
cannabis –, dispongan de dispositivos adecuados para el tratamiento de usuarios
problemáticos [8]. Convivir con la marihuana implica entonces, asumir responsabilidad
por los costos de esta forma de vida en comunidad.
4. Prevenir y educar sobre la marihuana
Para las nuevas
generaciones hay un futuro inevitable: en algún momento de sus vidas, en la
transición desde la niñez a la vida
adulta, estarán expuestos al contacto con la marihuana. Las generaciones
anteriores (nuestros abuelos y padres) probablemente nunca tuvieron que
enfrentar dicha situación. Pero los niños y niñas de hoy, en algún punto de sus
vidas, tendrán que tomar la decisión sobre consumir o no consumir. Así las
cosas, lo máximo a lo que se puede aspirar, es que, a diferencia de muchos de sus
antepasados, ellos tomen una decisión informada cuando les llegue el momento. Y
este es uno de los puntos fuertes del proyecto de ley: en primer lugar, prohíbe
toda forma de publicidad directa e indirecta, promoción, auspicio o patrocinio
de los productos de cannabis psicoactivo en todos los medios de comunicación.
Esta es una medida orientada a minimizar el uso de marihuana en los más
jóvenes. En segundo lugar, incluye en los planes de estudio de prácticamente
todos los niveles educativos la disciplina de “Prevención del Uso Problemático
de Drogas”, además de otras políticas de promoción de la salud y el uso
problemático de cannabis desde la perspectiva del desarrollo de las “habilidades
para la vida”, en el marco general de una política de gestión de riesgos y
reducción de daños del uso problemático de sustancias psicoactivas.
5. Regularización de la marihuana: razones y personas
Existen
varias razones por las cuales los uruguayos no estamos especialmente abiertos a
la regulación del cannabis. Para empezar, existen varios prejuicios y mitos
respecto a la marihuana, que aún no han sido refutados. Esta tarea escapa a las
capacidades del autor de la nota. Por otra parte, existe cierta estigmatización
hacia el consumidor de cannabis, que tiende a ser representado como un miembro
improductivo y negligente de la sociedad. Más allá de estos factores, es
posible que una de las principales razones para la apatía hacia el proyecto sea
que nos coloca en la incómoda situación de elegir entre dos males. Por un lado,
esto implica aceptar que tenemos un problema, y que estamos en la peor
situación. Por otra parte, también implica reconocer que la regulación es una
solución, pero está muy lejos de ser una panacea. La literatura internacional
sobre el tema reconoce la ausencia de soluciones o recetas universales al
problema, y admite de hecho que no hay diseños óptimos [9]. La solución para
Uruguay será algo que iremos descubriendo juntos a medida que ganemos
conocimiento y experiencia en el problema. Pero, para hacer esta búsqueda
posible, el primer paso es regular.
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Referencias
(*) Agradezco
a Martín Fernández Chiossoni por el tiempo dedicado a mejorar mi entendimiento
sobre el proyecto de ley de regulación del cannabis. Obviamente, las opiniones expuestas
en esta nota son de exclusiva responsabilidad del autor.
[1] El
proyecto de ley puede consultarse en: http://www.regulacionresponsable.org.uy/#!proyectoLey
[2] Sobre
este tema, consúltese el trabajo de Guillermo Garat (2013) Un siglo de
políticas de drogas en Uruguay. FESUR. Montevideo. Disponible en: http://www.fesur.org.uy/archivos/file/AnalisisUY01_Guillermo%20Garat.pdf
[3] Los
resultados de la encuesta de Cifra pueden consultarse en: http://www.espectador.com/noticias/270138/marihuana-solo-27-cree-que-los-problemas-disminuiran
[4] En
primer lugar, mucha de la evidencia presentada tanto a favor como o en contra
es de naturaleza anecdótica o correlacional. Por “evidencia correlacional” entiendo a los resultados
de investigación que muestran diferentes asociaciones entre variables. Por
ejemplo, el consumo de marihuana está vinculado con la deserción escolar. En
realidad, muchos factores no considerados pueden explicar esta situación. Por
ejemplo, el tener más tiempo de ocio lleva a consumir marihuana con más
frecuencia. El error está en interpretar las correlaciones como causas. Para
seguir con nuestro ejemplo, el error sería interpretar que el consumo de
marihuana causa la deserción escolar. En segundo lugar, dependiendo de la tesis
que se defienda, se tiende a exagerar las virtudes o los males derivados del
consumo de cannabis, así como también focalizar en aspectos que resultan
convenientes para defender una posición, omitiendo lo que podría ser un
contraargumento válido. Finalmente, hay que reconocer que en términos médicos,
la discusión sobre los efectos del cannabis implica un grado de conocimiento técnico
que simplemente exceden nuestras capacidades.
[5] Entre
2001 y 2011, la cantidad de personas que declaran haber consumido marihuana
alguna vez en su vida (prevalencia de vida) ha pasado del 5,3% al 20% en la
población de 15 a 65 años. Por otra parte, el número de personas que declaran
haber consumido cannabis en los últimos 12 meses (prevalencia anual) ha crecido
de 1,4% en 2001 a 8,3% en 2011. Finalmente, la cantidad de personas que
declaran haber consumido en los últimos 30 días (prevalencia mensual) ha
escalado de 0,5% a 4,9% en el mismo período. Fuente: Junta Nacional de Drogas.
(2012) Quinta Encuesta Nacional en Hogares sobre Consumo de Drogas. Informe de
investigación. Disponible en: http://www.espectador.com/documentos/120524informeJND.pdf
[6] Garibotto,
G. (2010) “Cárceles y drogas en Uruguay”, p. 85. En Sistemas Sobrecargados.
Leyes de Drogas y Cárceles en América Latina. Transnational Institute - Washington
Office on Latin America. Disponible en: http://www.bancodeinjusticas.org.br/wp-content/uploads/2011/11/TNI-e-WOLA-Sistemas-Sobrecargados-Leyes-de-Drogas-y-C%C3%A1rceles-en-Am%C3%A9rica-Latina.pdf
[7] A modo
de ejemplo, suponga que usted es interceptado durante sus vacaciones de verano
con 500 gramos de marihuana. Normalmente, un juez lo condenaría porque su
posesión excede la cantidad establecida por la ley. Sin embargo, en un régimen de
“sana crítica”, basado en las reglas de la experiencia, el juez deberá tener en
cuenta en su argumentación que el monto por el cual usted excede los límites
legales no es demasiado; que es probable que usted consuma más durante sus
vacaciones; etc. Al respecto, consúltese la nota de Martín Fernández Chiossoni “FUMUS
BONI IURIS… humo de buen derecho”, disponible en: http://www.180.com.uy/articulo/33909_FUMUS-BONI-IURIS%E2%80%A6-humo-de-buen-
[8] En
particular, el artículo 9º del proyecto propone que “en las ciudades con población superior a diez mil habitantes se
instalarán dispositivos de Información, Asesoramiento, Diagnostico, Derivación,
Atención, Rehabilitación y Tratamiento e Inserción de usuarios problemáticos de
Drogas, cuya gestión, administración y funcionamiento estará a cargo de la Junta
Nacional de Drogas, pudiendo suscribirse a tales efectos convenios con ASSE y
las Instituciones Prestadoras de Salud privadas, Gobiernos Departamentales,
Municipios y Organizaciones de la Sociedad Civil”.
[9] Al respecto consúltese: Reinarman, C. (2009) “Cannabis
policies and user practices: Market separation, price, potency, and
accessibility in Amsterdam and San Francisco” International Journal of Drug
Policy 20 28–37; Kilmer, B. et al. (2010)
“Altered State? Assesing How Marijuana Legalization in California Could
Influence Marijuana Consumption and Public Budgets”, Rand Corporation
Occasional Paper, Santa Monica, California y Sabet, K. (2013) “A New Direction?
Yes. Legalization? No. Drawing on Evidence to Determine Where to Go in Drug Policy”.
Oregon Law Review Vol. 91, 1153-1180; entre otros.