¿Prohibido pensar?

 
El verano pasado encontré a varios amigos leyendo un libro titulado Prohibido pensar. Ya había escuchado antes hablar del autor del libro, Sandino Núñez, y de su programa televisivo en Televisión Nacional Uruguay. Prohibido pensar esun programa de filosofía. Su objetivo es incitar al espectador a reflexionar y a plantearse los grandes temas del hombre partiendo de elementos presentes en la vida cotidiana y en la cultura popular”. Salvo excepciones, las opiniones que he recolectado sobre Prohibido pensar son positivas. Algunos incluso me han confesado que aunque les cuesta seguir los razonamientos de Núñez, encuentran en su programa una buena forma de ejercitar la mente, una puerta a la filosofía.[1]

En esta nota quiero comentar dos temas surgidos de mi experiencia con Prohibido Pensar.  El primero refiere a las distintas formas de hacer filosofía y los parámetros básicos para evaluar esas formas. Concretamente aquí sólo me voy a referir a un criterio básico: la claridad argumental. La tarea del filósofo es arrojar luz sobre temas oscuros o de difícil comprensión. Para ello es de vital importancia apostar por los niveles más altos de rigurosidad argumental. Desafortunadamente, creo que el ejercicio intelectual propuesto en Prohibido Pensar carece de esa claridad argumental necesaria. Un segundo tema a tratar en esta breve nota es el rol que la filosofía y los filósofos tienen actualmente en las sociedades contemporáneas. Ese es un tema que ha surgido en algunas entrevistas realizadas a Núñez así como en su libro y programa. Núñez acertadamente concluye que existen algunas confusiones sobre el trabajo que desempeña un filósofo profesional hoy en día. Aquí elaboro un poco más en esa idea.

I

Cuando inicié mis estudios terciarios, tenía una imagen muy distorsionada del trabajo del filósofo profesional y de cómo se hace filosofía. Por alguna razón pensaba que el proceso de producción filosófica se asemejaba mucho al proceso de creación artística. Pensaba que el filósofo tras un momento de inspiración y creación era capaz de revelar y entender verdades de nuestras sociedades. Asimismo, estaba convencido que cuanto más oscuro e inteligible era el texto a leer, más profundas debían ser las ideas del autor. Llegué a creer que textos clásicos con argumentos claros como los desarrollados en La Republica de Platón, el Leviatán de Hobbes o en Sobre la Libertad de John Stuart Mill, eran de una calidad filosófica menor a los filósofos post- modernos o de los filósofos frankfurtianos que leía por ese entonces. Con el paso del tiempo y de buenos consejos empecé a desconfiar de los argumentos oscuros. Por citar algunos ejemplos con influencia en las agendas de investigación y educación en Uruguay, la teoría post-colonial, el post-modernismo, el deconstruccionismo, el psicoanálisis Lacaniano, son escuelas de pensamiento que se han refugiado fuertemente en un oscurantismo argumental. Estas son, en su mayoría, teorías que carecen de un lenguaje compartido lo cual las transforma en esquemas argumentales impermeables a toda crítica racional.[2] Respecto a esto, en un brevísimo artículo Pablo Da Silveira decía:

Hay varias maneras de aparecer ante los demás como una persona inteligente...Una de ellas consiste en practicar lo que Umberto Eco llama el cogitus interruptus: se trata de emplear parsimoniosamente palabras y frases sin terminar, para dar la impresión de una profundidad que en realidad no existe. Otro método eficaz para fingir inteligencia es el cultivo de la oscuridad. A la hora de exponer una idea (sea oralmente o por escrito) los practicantes de este método acumulan términos poco frecuentados, enhebran largas cadenas de frases, subordinadas, se expresan por alusión sin nunca proporcionar contexto, dicen que el espacio o el tiempo no les alcanza y se dedican a evolucionar en un terreno de vagas generalidades. Los más osados desarrollan un gusto por las palabras quebradas («un abordaje ántropo-lógico») 0, peor aún, construyen frases-unidas- por-guiones.”[3]

No es difícil ver que en Prohibido Pensarñez recurre constantemente a argumentos oscuros, plagados de neologismos y otros recursos retóricos. No es nada extraño que el televidente o lector se extravíe en sus razonamientos. Podemos pensar en que hay al menos dos formas en la que los filósofos pueden analizar fenómenos sociales.[4] La primera de ellas consiste en asumir que la complejidad de esos fenómenos no puede ser simplificada y que por ello nuestros diagnósticos deben ser igualmente complejos. La otra forma radica en asumir una postura opuesta: la tarea del filósofo ante la complejidad de los fenómenos sociales consiste en producir argumentos y teorías claras que nos faciliten entender y analizar de mejor forma esa complejidad.  Núñez apuesta por el primer camino.


II

¿Cuál es el rol de aquellos que se dedican a la filosofía hoy en día? ¿Qué tipo de contribuciones podemos esperar de ellos?  En diferentes entrevistas, Núñez sostiene que el filósofo tiene que salir de su torre de marfil. El filósofo tiene que pensar para su sociedad, tal como Platón o Aristóteles lo hicieron algunos miles de años atrás para la suya. Ciertamente no me opongo a esa idea. Aunque por lo dicho anteriormente, no coincido con la forma de hacer filosofía propuesta por Núñez.
¿En qué consiste el trabajo de un filósofo profesional en los tiempos que corren? Básicamente en tres cosas: leer, escribir y dar clases.[5] En la mayoría de los casos, los filósofos profesionales trabajan en universidades o en institutos de educación superior. El filósofo profesional no es sino aquel quien recibe un salario para dedicar su tiempo y energías en leer, escribir y enseñar. En un departamento de filosofía estándar, es común encontrar filósofos que se ocupan de la moral, la política, la mente, el lenguaje, la lógica, la estética, la ética, la meta-ética, la epistemología, la historia de la filosofía, entre otras áreas de estudio. Muchos filósofos dedicados a estos diferentes campos concuerdan con  Núñez en que la filosofía debe interactuar con lo que nos pasa día a día.
            Por poner sólo algunos ejemplos cercanos a mis propios intereses de investigación, el trabajo de numerosos filósofos y teóricos políticos ha sido claves para el diseño de instituciones y políticas públicas que nos afectan directamente. El diseño de instituciones educativas,[6] de salud,[7] el otorgamiento y reconocimiento de derechos especiales para minorías étnicas y culturales,[8] el diseño e implementación de políticas redistributivas,[9] son solo algunos ejemplos.[10]
Una pregunta evidente es: ¿se puede hablar y discutir de filosofía en la radio o en la televisión? En otras palabras, ¿es deseable que trabajos filosóficos sean transmitidos en un formato televisivo o en publicaciones de difusión masiva? Por supuesto que sí. Pero no todos los caminos llevan a un buen puerto.
Seguramente muchos lectores de esta nota haya disfrutado y aprendido con la masiva y exitosa serie televisiva Cosmos, presentada y escrita por el astrónomo y astrofísico estadounidense Carl Sagan. Cosmos ha sido vista por más de 500 millones de personas en más de 60 países y su suceso se explica fundamentalmente por la claridad y sencillez con la que Sagan exponía y describía fenómenos tremendamente complejos como el origen del universo, la naturaleza de los planetas, etc. ¿Se puede transmitir el análisis y conocimiento filosófico de un modo masivo con esa misma claridad y sencillez? La respuesta es, de nuevo, un rotundo sí.[11] Ojala pronto se haga.  





[1] Se puede acceder a varios programas de Prohibido Pensar a través de www.youtube.com.  Asimismo, algunas de las ideas de Núñez pueden ser leídas en su blog: http://sandinonunez.blogspot.com/
[2] Elster, Jon. 2007. Explaining social behavior: more nuts and bolts for the social sciences. Cambridge University Press. pp.446.
[3] Da Silveira, Pablo. 1999. “Elogio a la claridad. El Estante, Año 5, Número 46, p. 6.
[4] Aquí sigo nuevamente el argumento de Da Silveira en “Elogio a la claridad”. El Estante, Año 5, Número 46, p. 6.
[5] Deberíamos también incluir el trabajo administrativo y burocrático que deben hacer aquellos que reciben un salario por filosofar.
[6] Ver por ejemplo: Brighouse, Harry. 2002. School Choice and Social Justice. Oxford University Press; Gutmann, Amy. 1999. Democratic education. Princeton University Press. (traducido al español como: La educación democrática: una teoría política de la educación. Paidós, 2001. Asimismo, un ejemplo de análisis filosófico aplicado al caso uruguayo es: Silveira, Pablo da. 1995. La segunda reforma: por qué necesitamos una ensenãnza post-vareliana y cómo podemos ponerla en marcha. Fundación Banco de Boston, Uruguay.
[7] Ver por ejemplo: Daniels, Norman. 1985. Just health care. Cambridge University Press.
[8] Un estudio clave en este debate es: Kymlicka, Will. 1995. Multicultural Citizenship: A Liberal Theory of Minority Rights. Oxford University Press. (Traducido al español como: Ciudadanía multicultural: una teoría liberal de los derechos de las minorías. Paidós, 2006.
[9] Ver por ejemplo: Sen, Amartya. 1995. Inequality reexamined. Oxford University Press. (Traducido al español como: Nuevo examen de la desigualdad. Alianza, 1999; Mead, Lawrence M., y Christopher Beem. 2007. Welfare Reform and Political Theory. Russell Sage Foundation.
[10] Algunos influyentes trabajos filosóficos que analizan y proponen diferentes políticas públicas son: Goodin, Robert E. 1983. Political Theory and Public Policy. University of Chicago Press. Elster, Jon. 1993. Local Justice: How Institutions Allocate Scarce Goods and Necessary Burdens. Russell Sage Foundation. (Traducido al espaniol como: Justicia local: de qué modo las instituciones distribuyen bienes escasos y cargas necesarias. Gedisa, 1995); Wolff, Jonathan. 2011. Ethics and Public Policy: A Philosophical Inquiry. Taylor and Francis.

[11] En idioma inglés existen algunos programas de filosofía para un público general que mantienen altos estándares de claridad argumental y de debate filosófico. Un ejemplo reciente es el programa del filosofo estadounidense Michael Sandel “Justice: A Citizen's Guide to the 21st Century” transmitido por la BBC. Lamentablemente este programa no está disponible aun en español.(http://www.bbc.co.uk/programmes/b00xyzjw)

Descentralización en salud: ¿Para qué?*


Se puede decir que el disparador de esta entrada en el blog fue toda la movida de las últimas semanas respecto a los “desajustes” de la Administración de Servicios de Salud del Estado (ASSE) que entre otras cosas incluyen problemas de corte administrativo y de planificación estratégica, pero fundamentalmente refieren a cuestiones políticas en relación por ejemplo al rol de los representantes sociales del Directorio (usuarios y trabajadores). Sin embargo, dichos acontecimientos serán aludidos lateralmente, porque mi intención es pensar un poco en voz alta sobre una medida de reforma anterior a los hechos recientes.

La implementación del Sistema Nacional Integrado de Salud en la primera administración del Frente Amplio supuso dentro de su trilogía de “leyes madre” la descentralización de ASSE con la Ley 18.161 (las otras dos correspondieron a la creación del Sistema Nacional Integrado de Salud – SNIS – y del Fondo Nacional de Salud – FONASA – contemplados en las leyes 18.211 y 18.131 respectivamente). La intención en las líneas que siguen es dejar planteada la interrogante de a qué cuestiones responde este esquema: ¿es el más adecuado para llevar adelante los principios rectores de este proceso de reforma, o en realidad dicha decisión responde más a un discurso y a una actitud voluntarista o ingenua de parte del partido de gobierno, o ninguna de estas opciones?

Los procesos de descentralización administrativa y territorial cobraron muchísima fuerza en la región a partir de la década del ochenta del siglo pasado, en el marco de la crítica a los esquemas tradicionales de gestión y provisión de los servicios sociales por parte del Estado, que directamente pusieron en cuestión la pertinencia misma de la intervención pública en diferentes áreas de desarrollo social y económico de las naciones. Si bien los primeros intentos (al menos en el campo social) supusieron lisa y llanamente una delegación de responsabilidades a los niveles sub nacionales de gobierno, muchas veces incluso sin complementar dicha delegación con los recursos económicos necesarios; con el correr de los años se fue reforzando un proceso de descentralización con énfasis en la gestión administrativa, derivado de los postulados clásicos de las corrientes gerencialistas que partían entre otras cosas de la necesidad de separar el diseño de la ejecución de las políticas en un marco de competencia entre proveedores.

Dichos modelos de reforma han tenido dentro de sus principales virtudes la capacidad de presentarse desde el punto de vista académico pero sobre todo político, como una opción “neutra” y casi que de sentido común: se convirtió normativamente en uno de los deber ser de las reformas estatales. Esto implicó por lo tanto, que dichas propuestas fueran apropiadas tanto por partidos de derecha como de izquierda, aunque obviamente con sus matices, ya que por ejemplo desde la izquierda este discurso pro descentralización se entremezcló rápidamente con la promoción de instancias de participación social que redundarían en mayor cercanía de la acción estatal con las necesidades de la ciudadanía, y un efectivo ejercicio de su carácter político entre otras.

¿Cuáles fueron los principios que estuvieron detrás de la descentralización de ASSE? Fundamentalmente, se podría decir que el diagnóstico inicial era el de un Ministerio de Salud Pública (MSP) muy débil en cuanto a su rol de rector del sistema en su conjunto, y que dicha debilidad se explicaba por el hecho de que la provisión directa le consumía la mayor parte de energías y sobre todo recursos humanos y financieros. Esto en relación al modelo anterior. Respecto al rol del MSP en el nuevo sistema, se entendió que para legitimar su posición de rectoría, fundamentalmente ante los prestadores privados con y sin fines de lucro, el ministerio no podía ser juez y parte en términos de regulación y fiscalización; y por último, una buena gestión de ASSE obraría como “ente testigo” para el resto del sistema. Recordemos que en el nuevo esquema ASSE pretende erigirse como un prestador más, que a diferencia del modelo anterior puede ser elegido por un trabajador cubierto por el FONASA.

Hasta aquí, el razonamiento no presenta mayores inconvenientes. Ahora bien, a mi juicio, estos fundamentos serían de recibo, en un contexto en el que el derecho a la salud estuviera garantizado constitucionalmente, y el sistema fuera financiado enteramente por fondos públicos. ¿Por qué? Porque en el esquema actual, la función de ASSE no es simplemente la de un “prestador más”, ya que tiene exclusivamente a su cargo la cobertura y atención del conjunto de la población que no es trabajadora formal, y por ende a los más necesitados de la sociedad. Por lo tanto la función social de ASSE es muy diferente a la de cualquier mutualista. Pero al encontrarse en este doble rol, la institución está tironeada por dos lógicas contrapuestas: por un lado debe competir con el resto del sistema por usuarios ya que parte de su financiamiento depende de las cápitas por afiliado; pero por otra parte, recibe traspasos directos de rentas generales por aquellas personas que están por fuera del FONASA, quienes además en este contexto socioeconómico del país son en su mayoría mujeres y niños, quienes usualmente son quienes mayor utilización de los servicios médicos necesitan.

De esta manera, el “efecto descreme” que la literatura señala como uno de los principales riesgos de introducir la competencia en un bien público como es la salud, terminando siendo matizado en el caso uruguayo, no tanto por regulaciones o normativas del rector hacia los prestadores individuales (que las hay) sino en gran medida por esa posición híbrida del prestador público más importante.

Finalmente, me gustaría dejar planteadas un par de ideas sobre las que sería importante comenzar a reflexionar. En primer lugar, el correlato necesario para una descentralización efectiva según la teoría gerencialista es la libertad de gestión. Esto inevitablemente empodera al prestador genera un problema entre otras cosas porque la autoridad política queda atada de manos a compromisos de gestión, y dicha autoridad es el representante electo por la ciudadanía. De esta manera, en la configuración actual el Frente Amplio terminó, a mi juicio, regalando la gestión de una de las políticas sociales más relevantes a un número muy importante de empresas privadas por un lado, y por otro desligándose del control directo del prestador responsable en relación a la cobertura y calidad de atención de los sectores más pobres, fortaleciendo así a ciertas corporaciones del sector en relación a los cuadros políticos. En segundo término, las discusiones e intercambios referidos a estos temas deberían comenzar a tener un lugar sustantivo en la agenda de “Reforma del Estado”, y no simplemente cuestiones relacionadas con los recursos humanos de la Administración Central, porque con estos movimientos institucionales, la verdadera gestión de las políticas públicas ha quedado por fuera de ese núcleo de instituciones de la Administración Central que es objeto del debate actual.


*Algunas de las cuestiones que aparecen en esta columna han sido conversadas con mi amigo y colega Marcelo Castillo. Obviamente todas las omisiones y errores son de mi entera responsabilidad.

Reforma de la Justicia Militar… un Halty en el camino


En Agosto de 2011 comenzó a circular masivamente en medios de comunicación el video con imágenes de militares uruguayos atacando sexualmente a un joven haitiano. Afortunadamente, al menos a partir de ese momento la reacción del gobierno uruguayo fue enérgica. Los militares involucrados directamente en el hecho fueron sujetos a varias investigaciones paralelas y repatriados con celeridad. Una vez en Uruguay, se los acusó penalmente tanto frente a la Justicia común como a la Justicia Militar. Ésta última fue muy expeditiva: a mediados de setiembre los cinco marinos indagados fueron procesados con prisión (aunque el proceso seguirá hasta que se dicte sentencia). Por el contrario, su par civil todavía (octubre 2011) no tiene claro cómo hará para interrogar a la víctima haitiana. Así, la Justicia Militar apareció ofreciendo lo que muchos clamaban, una sanción rápida a los responsables directos de una aberración que nos revolvió el estómago a todos[1]. En ese marco, el Gral. (R) Julio Halty, Presidente del Supremo Tribunal Militar, argumentó ante varios medios a favor de dejar sin efecto la ya iniciada reforma de la Justicia Militar, que incluye su pasaje a la órbita del Poder Judicial. Pretendo aquí cuestionar esa postura.
En Uruguay los militares están sometidos a dos tipos de responsabilidad y sanción diferentes a los que rigen para el resto de los ciudadanos: por un lado el régimen de disciplina, por otro, el de justicia penal militar. Para los oficiales además se agrega un tercero: los Tribunales de Honor. Concentrémonos en el segundo.
Históricamente la existencia de una justicia penal militar se ha justificado bajo el argumento de que existen determinadas acciones no contempladas por el código penal ordinario que atentan gravemente contra el desempeño eficaz y eficiente de las Fuerzas Armadas y por lo tanto merecen ser sancionadas con prisión. El ejemplo más típico es la deserción. Si un trabajador cualquiera se ausenta de su trabajo sin aviso tendrá sanciones económicas, pero nunca irá a la cárcel. Si un militar se ausenta de su trabajo en tiempo de guerra, puede incluso estar poniendo en riesgo la vida de todos sus compañeros y por tanto, puede ser enviado a la cárcel por ello[2]. Para prevenirlas y sancionarlas se crea un Código Penal Militar y juzgados especializados en esta materia.
Pero la amplitud de los delitos militares, y sobre todo la decisión de quiénes pueden ser juzgados por cometerlos varía mucho en todo el mundo. En Uruguay, hasta la promulgación en febrero de 2010 de la Ley Marco de Defensa Nacional, no estaba claro del todo si la Justicia Militar podía juzgar también:
i. A civiles, como efectivamente hizo desde 1972, en el caso de los delitos “de lesa nación” (insurgencia política)
ii. A militares que en determinadas circunstancias cometieran delitos comprendidos en el Código Penal ordinario. Por ejemplo, la agresión o asesinato cometido por un militar en servicio contra un superior se considera, según el Código Penal Militar actual, delito militar.
La Ley Marco, aprobada por todos los partidos con representación parlamentaria y que se alimentó de un intenso y amplio debate con representación del gobierno y la sociedad civil en 2006, zanjó, al menos en principio, ambas discusiones:
i. Sólo los militares pueden ser juzgados por acciones tipificadas como delitos militares.
ii. Los militares que cometan acciones tipificadas como delitos en el Código Penal ordinario, cualquiera sea el lugar y circunstancia, deberán ser juzgados por la justicia civil. Por ejemplo, en el caso de los marinos uruguayos en Haití, pueden ser juzgados por violación (suponiendo que esa fuera la figura jurídica adecuada) ante la justicia civil, y por faltas graves a algunos deberes militares, ante la justicia penal militar.
Esos eran, sin duda, dos de los problemas más graves del régimen de justicia penal militar uruguayo y fueron solucionados por la ya referida Ley Marco.
Ahora bien, desde hace muchos años varios juristas y cientistas sociales (entre otros, Carlos Martínez Moreno, Aníbal Cagnoni y Selva López Chirico) han apuntado a otras deficiencias del sistema de justicia penal militar, que, no sorprendentemente, coinciden con críticas que se han hecho también en otros países.
Y es que en general, los sistemas de justicia militar se desarrollaron en todo el mundo como una extensión de la función de mando y disciplina militar. Es decir, en su inicio, estaban claramente diseñados para obtener del personal militar apego estricto a ciertas reglas de comportamiento, así como obediencia inmediata e indiscutida a las órdenes de los superiores, mediante la aplicación de sanciones rápidas y ejemplarizantes. Pero mantener la disciplina es algo muy diferente a impartir justicia, entendido esto último como proteger determinados bienes jurídicos analizando y sancionando conductas de presuntos infractores mediante procedimientos que garanticen el respeto a sus derechos humanos fundamentales.
Inspirado por esas viejas concepciones, el actual Código Penal Militar uruguayo no establece una distinción clara y tajante entre delitos y faltas disciplinarias (Ver Arts. 1 y 12 del CPM). Además algunas conductas definidas como delitos militares se superponen con conductas tipificadas como delitos penales en el Código Ordinario, y por tanto pueden dar lugar a contiendas de jurisdicción. Los tribunales militares no están conformados por jueces profesionales sino por militares en actividad o retiro, que no siempre tienen formación jurídica, lo que claramente arroja dudas acerca de su idoneidad técnica e imparcialidad. Asimismo, si bien se les reconoce autonomía técnica, administrativa y presupuestariamente dependen del Ministro de Defensa, lo que, según varios autores, vulnera el principio de separación de poderes.
Todos esos problemas fueron reconocidos y debatidos en el Debate Nacional sobre Defensa de 2006. Siguiendo esos lineamientos, el Ministerio de Defensa organizó un proceso de trabajo con técnicos civiles propios, representantes de las FF.AA. y de la Suprema Corte de Justicia. De ese proceso surgió un proyecto de ley de reforma de los Códigos militares, que busca resolver varios de los problemas diagnosticados. Entre otras, dispone que la justicia militar se organice como una rama más del derecho penal ordinario, con juzgados especializados, al estilo de lo que hoy ocurre con los de crimen organizado. Esos tribunales estarían incorporados al Poder Judicial y ocupados por jueces civiles con los mismos requisitos que los que hoy trabajan en los tribunales penales ordinarios. Desde marzo de 2011 el proyecto está a estudio de Presidencia de la República.
En ese contexto, el Gral. (R) Halty sale a defender el statu quo en materia penal militar. Afirma que considera innecesario e inconveniente el pasaje de la justicia penal militar al Poder Judicial. Su principal argumento es que con ese cambio "se pierde un elemento importante para conducir a las Fuerzas Armadas". Y agrega que "La disciplina militar tiene que tener una disciplina vertical, rígida, tiene que tener métodos coercitivos que ayuden al militar a cumplir con la función de las FFAA en general. La condición esencial es ser disciplinadas y subordinadas al poder político como dice la Constitución. Por tanto, es importante que la figura de la Justicia Militar permanezca".
Es decir, al igual que muchos otros militares y juristas uruguayos, enmarcado en el paradigma clásico Halty concibe a la justicia militar como un instrumento para obtener obediencia y apego a determinadas normas, y no como una herramienta para impartir justicia garantizando derechos individuales[3].
Mirando de nuevo al resto del mundo (occidental) pueden observarse dos grandes tendencias en este tema. Por un lado, muchos países mantienen a la justicia militar como un subtipo especial de la administración de justicia, con procesos más inquisitoriales y sumarios y menos garantías. El caso extremo es el de los EE.UU., por ejemplo, que utiliza el sistema penal militar para “impartir justicia” sobre presuntos terroristas cuando las pruebas que maneja en su contra no resistirían ser analizadas en sus propios tribunales penales civiles.
Por otro lado, desde la segunda mitad del Siglo XX muchos países han modificado su sistema de administración de justicia militar. Por ejemplo, Francia, Bélgica, Holanda, Luxemburgo, Suiza, Italia, Noruega, Reino Unido y Canadá han ido incorporando en sus sistemas penales militares mecanismos de garantías a los derechos individuales que hacen a estos procesos cada vez más similares a los procesos civiles. Pero las reformas más radicales en este sentido se produjeron en Alemania, Suecia, Austria y Dinamarca que, bajo diferentes contextos, abolieron los sistemas penales exclusivos para militares y ahora juzgan los delitos militares mediante los mismos tribunales y siguiendo los mismos procesos que rigen para delitos ordinarios (civiles).
La Ley Marco de Defensa dispone que Uruguay avance en este último sentido. El proyecto elaborado por el MDN, las FF.AA. y la Suprema Corte de Justicia ratifica el rumbo. Ahora esperemos que no se hagan más altos en el camino.
Bibliografía recomendada
- Cagnoni, Aníbal y González Guyer, Julián (comp.), 2010. Justicia y Disciplina Militar en la Hora de la Reforma: Instituciones militares y Estado de Derecho. Montevide: Konrad Adenauer Stiftung – PRISFAS – Centro de Estudios de Derecho Público.
- HOOK, Philip. 2002. The constitutional status of military tribunals: paradigm lost, paradigm regained. A critical analysis of New Zealand military justice in light of international trends; Wellington: Faculty of Law, Victoria University
- LÓPEZ CHIRICO, Selva. 1995. Uruguay 1985 – 1993. Estrategia e tática da reprodução institucional militar na põs-ditadura. Tesis de doctorado. San Pablo: Universidad Estadual de Campinas.
- MARTÍNEZ MORENO, Carlos. 1971. Jurisdicción Civil y Jurisdicción Militar. Informe in voce. Fondo de Cultura Universitaria. Montevideo.
- SHERMAN, Edward. 1973. “Military Justice without military control” The Yale Law Journal, Vol. 82, N°7, p. 1398-1425.


[1] Quizá algunos más que a otros, considerando por ejemplo que en un principio voceros de la Armada decidieron referirse al hecho como “una broma de mal gusto”.
[2] Según el propio Halty, actualmente más del 90% de los delitos analizados por jueces militares son deserciones. Léase, personal subalterno que incumple sus obligaciones laborales para irse a trabajar al medio privado, y no realiza el procedimiento previsto de renuncia porque la demora en ese trámite le podría hacer perder la nueva oportunidad.
[3] El Gral. (R) maneja además otro argumento: que ni las Universidades ni el Poder Judicial ofrece actualmente formación en materia penal militar que permita a esos futuros jueces civiles desempeñarse en los nuevos tribunales especializados. A mi juicio, este es un problema relativamente menor, ya que la formación de esos futuros jueces podría organizarse de la misma forma que se organiza la capacitación de los jueces especializados en crimen organizado o violencia doméstica, antes inexistentes.

Te amo, te odio, dame más (*)


Desde el retorno a la democracia, se ha registrado en nuestro país un fenómeno de creciente involucramiento de las ONGs en las políticas sociales. El primer impulso relevante en esta dirección se registró a mediados de la década de los 90, durante gobiernos de los partidos tradicionales, en el contexto de las versiones vernáculas de las reformas estructurales inspiradas en el llamado “Consenso de Washington”, tal como ocurrió en la mayor parte de los países de la región. En ese momento, la participación creciente de las ONGs en el diseño e implementación de políticas sociales se asoció a cierta retracción o al menos, al “menor involucramiento” del Estado en ciertas áreas de política, especialmente aquellas centradas en colectivos vulnerables. Paradójicamente, durante los gobiernos de los partidos tradicionales se fortaleció el rol de las ONGs –mayoritariamente afines a la izquierda- en la gestión directa de servicios sociales y la consecuente implantación de nuevas modalidades de participación y representación de intereses.

Este era el escenario planteado cuando la izquierda asumió el gobierno nacional, en marzo de 2005. Se plantea entonces un nuevo contexto en las relaciones entre gobierno y ONGs que afecta aspectos deliberativos, resolutivos, administrativos de las políticas sociales. La vocación de cambio del nuevo gobierno debe lidiar con los desafíos que plantea la existencia de un cuerpo de ONGs que tienen vínculos estables con el estado y con sectores sociales a los que atienden en el marco de convenios y proyectos. En un contexto de un “cambio de época” que tenía como orientación general la recuperación de la centralidad estado, tanto al interior del nuevo gobierno como de las ONGs comenzó a plantearse un debate respecto al rol que estas últimas deberían tener en el diseño e implementación de políticas sociales.

Partiendo de los resultados de una investigación reciente (**), discuto aquí los principales rasgos que ha tenido la oscilante relación entre las ONGs y los gobiernos de izquierda en estos años, y planteo algunas interrogantes e hipótesis sobre cómo puede evolucionar este vínculo entre el “te amo”, el “te odio” y el “dame más”.

Una parte de las contradicciones y desafíos que han tenido que asumir los gobiernos del Frente Amplio (FA) responden a la trayectoria histórica de “ascenso” de las ONGs en el nuevo modelo de representación asociacional de intereses, construido como resultado de los procesos de reforma estructural de los 90s. Durante esos años, se debilitó el modelo de representación laboral y desmejoraron los principales indicadores sociales del país. La crisis del año 2002 no hizo más que profundizar estas tendencias, configurando sectores cada vez más extensos de población vulnerable, con menos voz y menos capacidad de colocar demandas. Las ONGs, tradicionalmente afines a la izquierda, se convirtieron en actores relevantes, ocupando espacios en la ejecución de servicios sociales y dinamizando la participación de los sectores populares. Pero la orientación del nuevo gobierno respecto a las principales políticas implementadas durante el período de las reformas estructurales dejó a las ONGs en un lugar incómodo: aunque la mayoría mantuvo una posición crítica con las políticas de los 90s, también constituyeron el “brazo ejecutor” de muchas de las políticas sociales asistenciales en esa etapa. El discurso de recuperación de las capacidades estatales que planteaban las autoridades sociales del primer gobierno del FA sonaba para las ONGs a la vez deseable y razonable, pero también quizá un poco ingrato.

Simultáneamente, las necesidades de ejecución del PANES y otros programas sociales generaron una demanda histórica de organizaciones dispuestas a prestar servicios sociales de distinta índole. La urgencia de ejecutar se resolvió, en los hechos, por la vía del pragmatismo y la continuidad del modelo de colaboración y financiamiento que estaba vigente en los gobiernos anteriores. En el plano de las ideas, sin embargo, la diversidad de opiniones dentro del FA enredaba la relación que el ritmo de la ejecución de servicios imponía. Los contenidos participativos de las ONGs quedaron en un segundo plano, y aunque algunos sectores y jerarcas del gobierno reconocían su potencial democratizador y de “construcción de ciudadanía”, otros mantenían una postura crítica respecto al rol que las ONGs habían jugado en la ejecución de políticas en los gobiernos anteriores, así como respecto al rol que debían jugar a futuro.

En definitiva, al llegar al gobierno, la izquierda no tenía una posición tomada respecto al rol que debían jugar las ONGs. La opinión latente era crítica, pero la necesidad de ejecutar rápidamente las políticas sociales hizo pasar por alto esta contradicción. Sin embargo, como era de esperar, durante los tres primeros años de gobierno ésta apareció, una y otra vez, para complejizar las relaciones entre ambos actores. Más aún, aunque hacia el final del período pareció diluirse levemente, en la antesala del gobierno de Mujica volvieron a surgir las contradicciones, esta vez con participación directa del futuro presidente.

Pero estas tensiones cuentan apenas una parte de la historia. Estos años de “matrimonio” entre las ONGs y la izquierda gobernante tuvieron una impronta muy particular. En el mundo de las ONGs, el aumento drástico de la demanda del estado para la prestación de servicios ha llevado a las organizaciones al límite de su capacidad de respuesta. Los esfuerzos se han concentrado en responder a la demanda, lo que ha agudizado el debilitamiento de sus roles políticos por falta de tiempo y recursos para destinar a esa tarea, tendencia que se cristaliza al instalarse definitivamente la relación de dependencia económica con el estado heredada de los períodos anteriores. Como componente adicional, la antigua afinidad entre ONGs e izquierda contribuyó a que muchos recursos humanos valiosos migrasen desde las organizaciones hacia cargos altos en el nuevo gobierno. Esto configuró una nueva debilidad en los equipos de las ONGs, que reconocían que en los períodos de gobierno anteriores la co-gestión de servicios públicos las había llevado, no sin esfuerzo, por un camino de profesionalización de sus principales cuadros. También se registró un sutil cambio de actitud de las ONGs frente al gobierno del FA. A diferencia de lo que había ocurrido en gobiernos anteriores, las ONGs tendieron a conceder mayor “crédito” y moderar la actitud de crítica, especialmente en los primeros dos años de gobierno.

Como resultado de esto, la tendencia de debilitamiento del “lado más político” del tercer sector se profundizó aún más. Salvo en contadas excepciones, el tejido asociativo tuvo escasa capacidad de responder con firmeza a los planteos del gobierno y sólo cuando el conflicto afectó su solvencia económica y posibilidad de supervivencia logró responder con mayor énfasis. Aún así, la debilidad de las redes y de la acción conjunta no logró revertirse durante el primer gobierno de izquierda.

Pero hay otra particularidad. Al mismo tiempo que esto ocurría, el gobierno de Tabaré Vázquez abría, como nunca antes, múltiples espacios para la participación de las ONGs. Estos espacios se basaban en la expectativa de participación activa de las ONGs para controlar las políticas y colocar demandas de la ciudadanía (por ejemplo, Espacio de Diálogo Social, Consejos Sociales). Sin embargo, tras estos años de la izquierda en el poder la percepción sobre el funcionamiento de estos espacios ha estado lejos de ser optimista.

Este es el “enjambre de contradicciones” que viene pautando la relación entre los gobiernos de izquierda y las ONGs. Nunca antes hubo tantos recursos para las ONGS, nunca antes el estado se apoyó tanto en ellas para llevar a cabo las políticas sociales, y nunca antes fue tan evidente la indecisión y falta de claridad del Estado respecto a dos visiones del problema: consolidar por la vía de los hechos un estado de cosas que en última instancia se consideraba deseable o asumir que esta situación no deseada era el costo que había que pagar para poder implementar rápidamente las políticas sociales.

Aunque haría falta explorar con mayor profundidad el punto, algunos actores reconocen que por momentos desde el FA se ha observado como una “amenaza desmovilizante” el accionar de las organizaciones sociales. Si efectivamente esta pugna de representación existe, es probable que el “enjambre de contradicciones” que acompaña la relación entre ONGs e izquierda no haga más que aumentar y complejizarse de aquí en adelante.

El panorama no es simple.

Es evidente que las ONGs todavía tienen un largo camino por recorrer para fortalecerse y constituirse en un actor de peso frente a los gobiernos –sean éstos de izquierda o de derecha-. La debilidad de las redes sigue siendo el punto más vulnerable de un tejido asociativo que no logra construirse como espacio autónomo. Y aunque muchas ONGs reconocen haber aprendido a asumir una posición más autónoma respecto a la izquierda, lo ocurrido en estos años es una muestra de la profunda debilidad del sector, que requiere apuestas de fortalecimiento de largo plazo.

También son evidentes las contradicciones al interior del FA respecto a sus vínculos con el tercer sector y al papel que éste debería desempeñar, tanto en la ejecución de servicios sociales, como en sus funciones “políticas” de control social y dinamizador de la participación ciudadana. El análisis de lo ocurrido en estos años de gobierno de izquierda no hace más que confirmar la urgencia de promover un debate que reflexione sobre esta cuestión en relación al modelo de sociedad y de democracia que el FA busca promover. Si esta tarea no se aborda, las relaciones con el tercer sector seguirán siendo oscilantes, debilitando la capacidad política de las ONGs, y dejando muy poco margen para el éxito de las apuestas por la participación ciudadana.


(*) “Te amo, te odio, dame más” es un fragmento de la canción “Peperina” de Serú Girán.

(**) Rossel, C. (2011) Te amo, te odio, dame más” ONGs, participación y representación en el primer gobierno de izquierda en Uruguay. Informe del Concurso de Investigación “Estado y formas de participación y representación en América Latina y el Caribe" CLACSO (mimeo).

(***) La foto es de Felipe Monestier

Jared Diamond: te odio y te amo

Por Nicolás M. Somma Hace más de una década, Felipe Monestier y Cecilia Rossel me regalaron para mi cumpleaños el libro Armas, gérmenes y ...